Diferencia entre SA y SL

La principal diferencia entre SA (Sociedad Anónima) y SL (Sociedad Limitada) radica en su estructura y responsabilidad. En una SA, el capital está dividido en acciones y los accionistas tienen responsabilidad limitada al monto de sus acciones. Mientras tanto, en una SL, el capital está dividido en participaciones y los socios tienen responsabilidad limitada al monto de su aportación.

En España y América Latina encontramos distintas formas societarias. Dependiendo de cuál sea el proyecto empresarial a llevar a cabo, es de gran importancia saber cuál de ellas es la más idónea y siempre es recomendable contar con una asesoría legal que nos aconseje.

Muchas personas desconocen cuál es la mejor de todas, por lo que en este artículo destacaremos cuál es el significado de ambas modalidades y las diferencias y similitudes que hay entre ellas.

¿Qué es una SA (Sociedad Anónima)?

En este caso, lo más destacable es que el capital social está dividido en acciones. El mismo, estará integrado por las aportaciones que hagan los socios, quienes no responden con sus bienes personales a las deudas que pueda tener la compañía.

La sociedad anónima consiste en una forma jurídica que es la más escogida por parte de las grandes empresas. El motivo es porque a través de ello se consigue una cantidad muy destacada de capital que es muy complicada de conseguir de otra forma.

¿Qué es una SL (Sociedad Limitada)?

A la hora de hablar de sociedad limitada, nos referimos a la forma societaria en la que los socios no responden con patrimonios personales respecto de las deudas que pueda tener la empresa. La responsabilidad societaria se limita al capital que hayan proporcionado los socios. En este caso, dicho capital se clasifica en participaciones sociales, indivisibles, así como acumulables.

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Un aspecto importante a tener en cuenta de la sociedad limitada, es que es la más común en nuestro país, puesto que es una forma societaria muy empleada por parte de las personas emprendedoras.

Principales diferencias entre SA y SL

Ahora que conocemos de manera individual cuál es la definición de cada una de estas formas societarias, desarrollaremos las diferencias que hay entre ellas y lo dividiremos por distintos apartados enfocados al mercado español.

Primer capital

En ambas opciones, se debe aportar un capital inicial, pero existe una gran diferencia entre ellas. En cuanto a la sociedad limitada, el capital mínimo asciende a 3.000 euros y en la sociedad anónima alcanza los 60.000 euros.

En el caso de la sociedad limitada, el primer capital se debe suscribir y abonar en el momento en que se constituye la compañía, mientras que, en el caso de la anónima, será suficiente con que esté suscrito y desembolsado un 25% en el momento en que se crea la empresa.

Transmisión de las acciones

A la hora de abordar la transmisión de las acciones, en el caso de las sociedades anónimas, pueden realizarse a través de un negocio de compraventa entre las partes. Por otro lado, en el caso de las limitadas, al transmitir las participaciones se deberá seguir sus estatutos o bien, lo que establezca la ley subsidiariamente.

La venta de las participaciones deberá comunicarse, además del su número y el importe. Los demás socios dispondrán del derecho preferente de adquisición.

Tipología de proyecto

En este aspecto, cabe destacar que la sociedad limitada es una forma jurídica más idónea para las pequeñas empresas, mientras que las anónimas lo son para proyectos que alberguen una cantidad grande de socios.

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Actividad a desempeñar

Según qué actividades se realicen, solo podrán llevarse a cabo a través de sociedades anónimas y ocurrirá lo mismo con otras actividades reservadas por ley para las limitadas.

Constitución

Si pensamos en cuál es el procedimiento de tramitación para crear una sociedad anónima, encontraremos un proceso más complejo que en el caso de crear una sociedad limitada. Un ejemplo lo encontramos a la hora de hablar de la redacción de los estatutos en las sociedades anónimas, puesto que contendrán una mayor cantidad de aspectos si se comparan con los de las limitadas.

¿Y qué similitudes existen entre sociedades anónimas y limitadas?

En el caso de los aspectos comunes entre ambas, destacamos tres de ellos.

  • El primero es el número de socios de ambas formas societarias, que siempre será una sola persona. Un único socio será quien podrá crear una sociedad limitada y una anónima.
  • Como segunda similitud, encontramos que ambas tributan por el impuesto sobre sociedades
  • Por último, la responsabilidad que tendrán los socios se limitará al capital aportado. Por tanto, los patrimonios quedarán protegidos ante las deudas que pueda tener la compañía.

Daniel Gutiérrez Viñas

Formación académica: Miembro acreditado por la institución europea EFPA como "European Financial Advisor" Licenciado en Economía por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid Máster en Asesoramiento y Planificación Financiera por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. Experiencia laboral: Manager de educación financiera en Benowu International Academy S.L. desde 2016 Analista de Tradingdesdecero.com desde 2016 Información profesional previa: Anteriormente gestor de operaciones en Banco Sabadell, Consultor de trading en Academy of Financial Trading, Asesor Financiero en Seguros Santalucía y Gestor Comercial en Caja Madrid.